Casos emblemáticos: Jurisprudencia internacional sobre disputas en contratos FIDIC

Introducción
- Introducción
- ¿Por qué es importante conocer la jurisprudencia en FIDIC?
- Caso 1: Obras no ejecutables y riesgo del diseño – Middle East v. European Contractor (ICC, 2012)
- Caso 2: Pago por trabajos no medidos – África Subsahariana v. Empresa Española (ICC, 2015)
- Caso 3: Terminación anticipada por incumplimiento – Europa del Este v. Contratista Internacional (LCIA, 2017)
- Caso 4: Rechazo del DAAB por parte del empleador – Asia Central v. Ministerio de Obras Públicas (ICC, 2016)
- Caso 5: Fuerza mayor y eventos excepcionales – Medio Oriente v. Empresa Coreana (UNCITRAL, 2020)
- Errores frecuentes detectados en los casos analizados
- Conclusión
- Sugerencias para enlaces internos:
- Sugerencias para enlaces externos:
Los contratos FIDIC son ampliamente utilizados en grandes proyectos de infraestructura alrededor del mundo. Su éxito se basa en un marco contractual estandarizado que facilita la colaboración entre las partes. Sin embargo, en la práctica, no están exentos de conflictos que terminan en procesos arbitrales o judiciales internacionales.
La jurisprudencia internacional en contratos FIDIC permite comprender cómo tribunales y paneles arbitrales han interpretado ciertas cláusulas clave, cómo resuelven disputas sobre variaciones, retrasos, reclamos o terminaciones anticipadas, y qué errores o aciertos cometen las partes al momento de defender sus posiciones.
Este artículo presenta casos emblemáticos que ilustran cómo se han resuelto disputas bajo el marco FIDIC, qué principios se han establecido y qué enseñanzas pueden extraerse para futuros contratos.
¿Por qué es importante conocer la jurisprudencia en FIDIC?
- Ofrece precedentes útiles para interpretar cláusulas ambiguas.
- Muestra cómo se aplican las reglas contractuales en la práctica.
- Permite anticipar riesgos y preparar mejor la documentación del proyecto.
- Refuerza el conocimiento técnico-legal de las partes.
- Ayuda a los contratistas y empleadores a tomar decisiones estratégicas.
Aunque el arbitraje no genera “jurisprudencia vinculante” como los sistemas judiciales, muchas decisiones arbitrales internacionales han sido publicadas o referidas por instituciones como ICC, LCIA o UNCITRAL, convirtiéndose en guías doctrinarias reconocidas.
Caso 1: Obras no ejecutables y riesgo del diseño – Middle East v. European Contractor (ICC, 2012)
Contexto:
Un contratista europeo se encargó de la construcción de una planta industrial bajo un contrato FIDIC Libro Rojo. Durante la ejecución, encontró que parte del diseño proporcionado por el empleador contenía errores estructurales que hacían la obra no ejecutable sin rediseño.
Disputa:
- ¿Quién era responsable de los errores de diseño?
- ¿Se podía reclamar costos y extensión de tiempo?
- ¿La cláusula 4.1 (diseño del empleador) era aplicable?
Decisión:
El tribunal concluyó que, conforme a FIDIC, el diseño proporcionado por el empleador es de su entera responsabilidad. El contratista actuó diligentemente al detectar el error y notificarlo. Se le reconoció:
- Extensión de tiempo razonable.
- Reembolso de costos por trabajos adicionales.
- Reajuste de cronograma.
Lección:
La correcta aplicación de la Cláusula 4.1 protege al contratista frente a defectos en el diseño del empleador. La notificación temprana y la trazabilidad documental fueron decisivas.
Caso 2: Pago por trabajos no medidos – África Subsahariana v. Empresa Española (ICC, 2015)
Contexto:
El contratista ejecutó trabajos adicionales que, aunque no estaban en el BOQ, fueron instruidos verbalmente por el ingeniero y no fueron objetados durante la obra. El empleador se negó a pagar alegando falta de variación formal.
Disputa:
- ¿Se puede pagar por trabajos no incluidos en el contrato si fueron ejecutados sin orden escrita?
- ¿La aceptación tácita tiene valor legal?
Decisión:
El tribunal determinó que, aunque FIDIC requiere órdenes escritas, el comportamiento de las partes (aceptación tácita, visitas del ingeniero, uso de los trabajos por el empleador) constituía una ratificación implícita. Se reconoció el derecho al pago con base en los principios de equidad contractual y buena fe.
Lección:
Aunque FIDIC exige documentación formal, el comportamiento de las partes puede suplir esa exigencia en ciertos contextos. Documentar pruebas, fotografías y actas puede salvar al contratista incluso ante la falta de instrucciones formales.
Caso 3: Terminación anticipada por incumplimiento – Europa del Este v. Contratista Internacional (LCIA, 2017)
Contexto:
Un proyecto vial bajo contrato FIDIC (Libro Rojo) enfrentó retrasos prolongados. El contratista argumentaba demoras por falta de permisos y condiciones climáticas extremas, pero el empleador consideró que había negligencia en la ejecución. Emitió notificación de terminación bajo la Cláusula 15.2.
Disputa:
- ¿Fue válida la terminación por parte del empleador?
- ¿Había evidencia suficiente de incumplimiento grave del contratista?
Decisión:
El tribunal arbitral sostuvo que el empleador no siguió el procedimiento completo exigido por la Cláusula 15.1 antes de invocar la 15.2 (aviso, oportunidad de corrección, tiempo razonable). También se determinó que el retraso era atribuible parcialmente al propio empleador. La terminación fue considerada injustificada y se ordenó el pago de compensaciones.
Lección:
La terminación anticipada debe aplicarse solo cumpliendo estrictamente el procedimiento contractual. No hacerlo expone al empleador a pagar costos adicionales y a ser considerado responsable del incumplimiento.
Caso 4: Rechazo del DAAB por parte del empleador – Asia Central v. Ministerio de Obras Públicas (ICC, 2016)
Contexto:
Durante la ejecución de un contrato FIDIC (1999), el contratista intentó activar el DAAB ante el rechazo de una variación. El empleador se negó a conformarlo, argumentando que el contrato no especificaba los nombres de los miembros.
Disputa:
- ¿Puede una parte negarse a conformar el DAAB?
- ¿Se puede ir directo a arbitraje?
Decisión:
El tribunal concluyó que la negativa a establecer el DAAB era una violación del contrato, y que el contratista actuó correctamente al intentar agotar los medios establecidos. El arbitraje fue admitido directamente debido a la falta de cooperación del empleador. Se impusieron costos adicionales por obstrucción procesal.
Lección:
El DAAB es parte integral del contrato, incluso si los nombres no se definieron inicialmente. Negarse a conformarlo no anula su obligatoriedad y puede resultar en sanciones procesales.
Caso 5: Fuerza mayor y eventos excepcionales – Medio Oriente v. Empresa Coreana (UNCITRAL, 2020)
Contexto:
Un proyecto fue paralizado durante tres meses debido a restricciones gubernamentales derivadas de una crisis sanitaria. El contratista reclamó extensión de tiempo y costos bajo la cláusula de evento excepcional (FIDIC 2017, Cláusula 18).
Disputa:
- ¿La pandemia calificaba como evento excepcional?
- ¿Se podían reclamar costos y tiempo?
Decisión:
El tribunal reconoció que se trataba de un evento excepcional no imputable al contratista. Se aprobó la extensión de plazo, pero no los costos adicionales, ya que el contrato solo permitía recuperación de tiempo en ese supuesto. El contratista no pudo demostrar afectación directa de su personal o equipos.
Lección:
Es fundamental conocer el alcance específico de las cláusulas de fuerza mayor y eventos excepcionales. No todos permiten reclamar costos. Además, se requiere evidencia concreta del impacto.
Errores frecuentes detectados en los casos analizados
Error | Consecuencia |
---|---|
No documentar las instrucciones o comunicaciones clave | Reclamos débiles o rechazados |
Saltar procedimientos contractuales | Pérdida de derechos |
No activar el DAAB oportunamente | Rechazo de arbitraje o demora en resolución |
Falta de trazabilidad del impacto de eventos | Incapacidad para sustentar el reclamo |
Rechazar decisiones sin emitir NOD | Decisiones del DAAB se vuelven definitivas |
Conclusión
La jurisprudencia internacional sobre contratos FIDIC ofrece valiosas enseñanzas que pueden ayudar a mejorar la administración de los contratos, anticipar conflictos y preparar reclamos sólidos.
Las decisiones analizadas refuerzan principios clave como:
- La necesidad de cumplir los procedimientos contractuales.
- La importancia de documentar todo de forma formal y oportuna.
- El respeto por el rol del ingeniero y del DAAB.
- El análisis detallado de cada cláusula antes de reclamar costos o tiempo.
- La seriedad con la que se deben emitir notificaciones y objeciones.
En definitiva, conocer estos casos no es solo para abogados: todo gestor de contrato, ingeniero residente o contratista debe entender cómo se interpretan realmente los contratos FIDIC en sede internacional.
Sugerencias para enlaces internos:
- Cómo estructurar un reclamo conforme a FIDIC
- Plantilla de notificación de disputa y NOD
- Procedimiento para activar correctamente el DAAB
- www.contratosnecfidic.com/category/contrato-fidic/