Contratos FIDIC en América Latina: Adaptaciones y consideraciones regionales

Introducción
- Introducción
- ¿Por qué América Latina adopta contratos FIDIC?
- Formularios FIDIC más utilizados en la región
- Las Condiciones Particulares como instrumento de adaptación
- Principales adaptaciones en América Latina
- Desafíos comunes en la implementación de FIDIC en la región
- Tendencias y prácticas emergentes en la región
- El DAAB en contextos latinoamericanos: particularidades y consideraciones
- Preguntas frecuentes
- Conclusión
Los contratos FIDIC se han consolidado como el estándar de referencia en la contratación internacional de obras de infraestructura. Desarrollados por la Fédération Internationale des Ingénieurs-Conseils a lo largo de más de siete décadas, sus formularios ofrecen una estructura equilibrada que distribuye los riesgos entre el Empleador y el Contratista con base en principios técnicos y jurídicos de amplio reconocimiento internacional.
En América Latina, el uso de los modelos FIDIC ha crecido de forma sostenida durante las últimas dos décadas, impulsado principalmente por la expansión de proyectos financiados por organismos multilaterales como el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Corporación Andina de Fomento (CAF). Estos organismos han adoptado los formularios FIDIC —especialmente en sus ediciones más recientes— como estándar de referencia para la documentación de proyectos de infraestructura financiados con sus recursos, lo que ha generado una presión efectiva de adopción en los sistemas de contratación pública de la región.
Sin embargo, aplicar FIDIC en América Latina no consiste en traducir sus formularios al español: requiere un proceso cuidadoso de adaptación normativa, jurídica e institucional que alinee el marco contractual internacional con las realidades legales, culturales y operativas de cada país. Esta adaptación se realiza principalmente a través de las Condiciones Particulares (Particular Conditions), que son el instrumento contractual diseñado por el propio FIDIC para ajustar sus disposiciones estándar a las necesidades específicas de cada proyecto.
Este artículo examina en detalle los factores que han impulsado la adopción de contratos FIDIC en la región, los formularios más utilizados, los mecanismos y desafíos de adaptación, y las tendencias emergentes que están marcando la práctica contractual en proyectos de infraestructura latinoamericanos.
¿Por qué América Latina adopta contratos FIDIC?
La adopción de contratos FIDIC en América Latina responde a un conjunto de factores que operan simultáneamente en el plano institucional, financiero y técnico.
Acceso a financiamiento multilateral. Los organismos multilaterales de desarrollo han incorporado los formularios FIDIC como estándar contractual en sus documentos de licitación para obras civiles. El cumplimiento de esta exigencia es condición para el acceso a desembolsos en proyectos financiados con recursos del Banco Mundial, el BID o el CAF, lo que ha convertido a FIDIC en un requisito de facto en gran parte de la infraestructura pública regional financiada internacionalmente.
Distribución equilibrada del riesgo. La estructura de los formularios FIDIC asigna cada riesgo a la parte que mejor puede controlarlo: los riesgos del diseño y de la información del sitio suministrada recaen sobre el Empleador; los riesgos de ejecución y productividad sobre el Contratista. Esta lógica de distribución reduce la incertidumbre en la valoración de las ofertas y limita la inflación de precios por riesgo que caracteriza a los contratos de suma alzada con distribución de riesgos poco clara.
Sistema escalonado de resolución de disputas. El mecanismo de resolución de disputas de FIDIC —Determinación del Engineer, DAAB, arreglo amistoso y arbitraje— está diseñado para resolver conflictos durante la ejecución del proyecto, sin paralizarlo. Esta característica es especialmente valiosa en contratos de infraestructura de larga duración, donde la judicialización de las disputas puede tener consecuencias devastadoras sobre el avance de los trabajos.
Estandarización y transparencia. La estructura documentada y predecible de los formularios FIDIC facilita la supervisión institucional, la auditoría de contratos y la rendición de cuentas pública. En regiones donde la corrupción en la contratación pública es un riesgo reconocido, la estandarización contractual reduce los espacios de discrecionalidad que facilitan la captura del proceso.
Lenguaje contractual común. Los formularios FIDIC permiten que contratistas, empleadores, ingenieros consultores, financiadores e instituciones arbitrales de distintos países operen bajo un marco de referencia compartido. Esta ventaja es especialmente relevante en proyectos con participación de consorcios internacionales o de contratistas de diferentes países.
Formularios FIDIC más utilizados en la región
Los formularios FIDIC no constituyen un modelo único: cada formulario responde a un tipo de proyecto, una estructura de diseño y un mecanismo de pago diferente. La selección del formulario adecuado es una decisión contractual de primera importancia que condiciona la distribución de riesgos, las obligaciones de las partes y el sistema de valoración de las obras.
Es importante aclarar que "FIDIC 2017" no es un formulario adicional independiente, sino la edición actualizada de la suite de contratos que comprende versiones revisadas del Libro Rojo, el Libro Amarillo y el Libro Plata, entre otros. La distinción entre las ediciones de 1999 y 2017 de cada formulario es relevante porque introduce cambios significativos en los mecanismos de reclamación, el rol del Engineer, la estructura del DAAB y los plazos procedimentales.
| Formulario | Mecanismo de pago | Responsabilidad del diseño | Usos frecuentes en la región |
|---|---|---|---|
| Libro Rojo (MDB Harmonised / 2017) | Re-medición (cantidades reales) | Empleador | Obras de infraestructura vial, hidráulica, edificación pública con diseño gubernamental |
| Libro Amarillo (1999 / 2017) | Suma alzada (lump sum) | Contratista | Proyectos diseño-construcción, plantas de tratamiento, infraestructura energética |
| Libro Plata (1999 / 2017) | Precio cerrado EPC | Contratista (amplia) | Contratos EPC en energía, minería, transporte bajo esquemas APP |
| Libro Verde (Short Form) | Según acuerdo | Según acuerdo | Obras de menor envergadura, contratos de corta duración |
| TSC (Term Service Contract) | Según acuerdo | Según alcance | Servicios de mantenimiento y operación a largo plazo |
Una precisión relevante para la práctica regional: el Libro Verde está diseñado para obras civiles simples de menor complejidad; no debe utilizarse para contratos de mantenimiento o servicios de operación a largo plazo, para los cuales el formulario apropiado es el Term Service Contract (TSC).
La versión multilateral del Libro Rojo —conocida como MDB Harmonised Edition— ha sido la más utilizada en proyectos financiados por el Banco Mundial y el BID en la región, ya que incorpora condiciones adaptadas a los requisitos de estos organismos, incluyendo disposiciones sobre anticorrupción, conflictos de interés y mecanismos de supervisión fiduciaria.
Las Condiciones Particulares como instrumento de adaptación
La estructura de los formularios FIDIC distingue entre las Condiciones Generales (General Conditions) y las Condiciones Particulares (Particular Conditions). Las Condiciones Generales contienen las disposiciones estándar del formulario, aplicables a cualquier proyecto en cualquier jurisdicción. Las Condiciones Particulares permiten modificar, complementar o suprimir esas disposiciones para adecuarlas a las necesidades específicas del proyecto y al marco legal del país.
Este mecanismo de doble nivel es precisamente el instrumento que FIDIC diseñó para facilitar la adaptación regional. La Sub-Cl. 1.1 de los formularios define el "Contrato" como el conjunto de documentos que incluye tanto las Condiciones Generales como las Particulares, más el Convenio, las especificaciones, los planos y los demás documentos listados en el Apéndice al Convenio. Cualquier modificación al estándar FIDIC debe canalizarse a través de las Condiciones Particulares, no mediante la alteración directa del texto de las Condiciones Generales, práctica que genera ambigüedad interpretativa y conflictos de jerarquía documental.
Las Condiciones Particulares pueden incluir disposiciones que: amplíen plazos estándar para adaptarlos a capacidades institucionales locales; establezcan monedas de pago y mecanismos de anticipo conforme a la normativa nacional; definan la sede del arbitraje y el idioma del proceso; designen a los miembros del DAAB desde el inicio del contrato; e incorporen requisitos ambientales, sociales y de consulta previa exigidos por la legislación nacional o por los estándares de desempeño de los financiadores.
La redacción deficiente de las Condiciones Particulares es uno de los principales factores de riesgo contractual en proyectos FIDIC de la región: una condición particular mal redactada puede crear contradicciones con las Condiciones Generales que solo se revelan —y se litigan— durante la ejecución.
Principales adaptaciones en América Latina
Traducción jurídicamente validada
Los formularios FIDIC fueron redactados originalmente en inglés. Las versiones en español disponibles —tanto las publicadas por FIDIC como las elaboradas por organismos multilaterales— no siempre capturan con precisión los matices técnico-jurídicos del texto original. Términos como Cost (que en FIDIC excluye expresamente la utilidad, conforme a la Sub-Cl. 1.1.4.3 de FIDIC 1999 y definición equivalente en FIDIC 2017), Engineer's Determination o Taking-Over Certificate tienen significados técnicos específicos que pueden distorsionarse en traducciones no especializadas.
Una práctica recomendable, adoptada en varios proyectos de envergadura en la región, es definir en el propio contrato cuál es la versión idiomática prevalente en caso de discrepancia entre la traducción y el texto original, y encargar la revisión de la traducción a especialistas con doble formación jurídica e ingenieril.
Condiciones Particulares alineadas al marco normativo local
Las adaptaciones más frecuentes en las Condiciones Particulares para proyectos latinoamericanos incluyen la adecuación de los mecanismos de pago a las normas de tesorería pública, los plazos y procedimientos de contratación pública, los límites de responsabilidad civil previstos en la legislación nacional, las obligaciones tributarias aplicables a servicios internacionales y los requisitos de anticipo y garantías exigidos por la normativa de cada país.
Una adaptación especialmente relevante se refiere al ciclo de pagos de la Sub-Cl. 14. En el estándar FIDIC, el Engineer emite el Certificado de Pago Interino (Interim Payment Certificate) dentro de los 28 días siguientes a la presentación del Statement del Contratista (Sub-Cl. 14.6), y el Empleador efectúa el pago dentro de los 28 días siguientes a la emisión del certificado (Sub-Cl. 14.7), lo que da un máximo de 56 días desde el Statement hasta el pago efectivo. Este esquema puede requerir ajuste cuando los sistemas de pago de la Hacienda Pública nacional imponen plazos o procedimientos distintos, lo cual debe reflejarse con precisión en las Condiciones Particulares para no crear compromisos contractuales que el Empleador público no pueda cumplir.
El rol del Engineer y su adaptación a esquemas institucionales
La figura del Engineer en los formularios FIDIC merece un análisis cuidadoso al momento de adaptar el contrato a la institucionalidad pública latinoamericana. La Sub-Cláusula 3.2 de los formularios FIDIC establece con claridad que el Engineer actúa en nombre del Empleador —no como un tercero neutral entre las partes—. Su rol incluye administrar el contrato, emitir instrucciones, certificar pagos y resolver reclamaciones iniciales. La única actuación en la que el Engineer tiene una obligación de actuación neutral e imparcial es en el acto de Determinación (Sub-Cl. 3.7 de FIDIC 2017), donde debe actuar fairly and impartially, pero incluso en ese caso sus Determinaciones son provisionales y pueden ser impugnadas ante el DAAB.
Esta característica del Engineer — actuar para el Empleador, no como árbitro entre las partes — genera una tensión particular en la contratación pública latinoamericana, donde la figura del "supervisor", "interventor" o "fiscalizador" suele tener un perfil normativo distinto: en muchos países, las leyes de contratación pública asignan al supervisor funciones que combinan la representación del Estado con responsabilidades de fiscalización que tienen matices quasi-independientes. Esta superposición de roles puede generar ambigüedad en el contrato si no se delimitan con precisión, en las Condiciones Particulares, las facultades específicas que el Engineer puede ejercer y cuáles requieren aprobación de instancias superiores del Empleador.
Un problema frecuente en la región es la estructura de "delegación parcial" descrita en la Sub-Cl. 3.4 de FIDIC 2017, que permite al Empleador delegar en el Engineer determinadas funciones y al Engineer sub-delegar en sus asistentes. Cuando esta estructura de delegación no se documenta con precisión, surgen disputas sobre la validez de instrucciones emitidas por personal que no tiene autoridad contractual formal para hacerlo.
Requisitos ambientales, sociales y estándares de salvaguarda
Los proyectos de infraestructura financiados por organismos multilaterales en América Latina están sujetos a estándares ambientales y sociales que van más allá de lo que los formularios FIDIC contemplan en sus Condiciones Generales. Los estándares de desempeño de la Corporación Financiera Internacional (IFC), los estándares ambientales y sociales del Banco Mundial o los marcos de gestión ambiental y social del BID introducen obligaciones en materia de evaluación de impacto ambiental, consulta previa a comunidades indígenas, protección de patrimonio cultural, gestión de trabajadores y divulgación de información que deben incorporarse en las Condiciones Particulares o en las Especificaciones del contrato.
La obligación de consulta previa a comunidades indígenas, reconocida en el Convenio 169 de la OIT y constitucionalizada en varios países latinoamericanos, puede tener un impacto directo sobre el programa de obras y el riesgo de retrasos. Su tratamiento contractual bajo FIDIC —¿es un riesgo del Empleador?, ¿da derecho a EOT y costos bajo la Sub-Cl. 8.5?— debe quedar expresamente regulado en las Condiciones Particulares para evitar disputas durante la ejecución.
Sede del arbitraje, idioma y ley aplicable
La Cláusula 21 de FIDIC 2017 —y la Cláusula 20 de FIDIC 1999— establecen el arbitraje internacional como mecanismo final de resolución de disputas, generalmente bajo las reglas de la ICC. En América Latina, la elección de la sede del arbitraje, el idioma del proceso y la ley sustantiva aplicable requiere análisis cuidadoso, ya que varios países de la región tienen restricciones constitucionales o legales que limitan la capacidad de entidades públicas para someterse a arbitraje internacional fuera de su territorio o bajo leyes distintas a la nacional.
La tendencia reciente en la región es definir sedes arbitrales en ciudades latinoamericanas con infraestructura arbitral desarrollada —como Ciudad de México, Bogotá, Buenos Aires, Lima o Montevideo— utilizando centros de arbitraje regionales como el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI, el CAM Santiago, el Centro de Arbitraje de la CCB o el CIARB, en lugar de sedes europeas o norteamericanas que generan costos adicionales y dificultades prácticas para las partes locales.
Desafíos comunes en la implementación de FIDIC en la región
Desconocimiento técnico-jurídico de las partes
Uno de los obstáculos más frecuentes para la correcta implementación de FIDIC en América Latina es el desconocimiento, por parte de los equipos de proyecto —tanto del Empleador como del Contratista—, del alcance real de las cláusulas contractuales. Este desconocimiento se manifiesta, entre otros efectos, en la omisión de notificaciones formales exigidas por Sub-Cl. 1.3, en el incumplimiento de los plazos de reclamación de la Sub-Cl. 20.2, en la confusión entre los distintos mecanismos de ajuste de precios (Sub-Cl. 13.7 vs. 13.8) y en la subutilización de los mecanismos preventivos del DAAB.
Contradicciones entre el contrato y la normativa nacional
FIDIC puede entrar en conflicto con disposiciones de la legislación nacional que regulan la contratación pública de forma imperativa. Los conflictos más frecuentes se producen en materia de plazos de pago, requisitos para la modificación del contrato (que en algunos países exigen aprobación de órganos de control), límites al anticipo, mecanismos de reajuste de precios admitidos por ley, y restricciones al arbitraje con entidades del Estado. En todos estos casos, la ley local prevalece sobre las disposiciones contractuales, y la solución correcta es adaptar las Condiciones Particulares en lugar de mantener cláusulas que el Empleador público no puede legalmente cumplir.
Resistencia institucional al DAAB y al arbitraje internacional
Algunas entidades contratantes públicas en la región manifiestan resistencia a la constitución del DAAB o a la sujeción a arbitraje internacional, por razones que incluyen: preocupaciones sobre la soberanía jurisdiccional, costos percibidos como elevados, desconfianza en la imparcialidad de árbitros extranjeros, y limitaciones presupuestarias para financiar la participación institucional en procesos arbitrales complejos. Esta resistencia, cuando no se gestiona desde la etapa de estructuración del contrato, puede resultar en la subutilización de los mecanismos de resolución de disputas previstos y en la derivación de conflictos a la justicia ordinaria, con los consiguientes retrasos y costos.
Condiciones Particulares de baja calidad técnica
Una práctica frecuente en proyectos de menor sofisticación institucional es la copia de condiciones particulares estándar tomadas de otros contratos, sin adaptación al proyecto específico ni revisión jurídica de su coherencia con las Condiciones Generales. El resultado es contratos con contradicciones internas, disposiciones incompatibles con la legislación local y lagunas en la regulación de situaciones que solo se presentarán durante la ejecución. Esta práctica es una de las principales fuentes de disputas contractuales en proyectos FIDIC de la región.
Escasa capacidad local para gestión de contratos complejos
La gestión de un contrato FIDIC exige competencias específicas que no forman parte de la formación estándar de ingenieros o abogados en la mayoría de los países de América Latina. El manejo de reclamaciones bajo la Sub-Cl. 20.2, la gestión de variaciones conforme a la Cláusula 13, la participación en los procesos del DAAB o la preparación de evidencia para arbitraje internacional son habilidades especializadas cuya ausencia se traduce directamente en pérdida de derechos durante la ejecución.
Tendencias y prácticas emergentes en la región
La evolución de la contratación bajo estándares FIDIC en América Latina ha dado lugar a un conjunto de prácticas emergentes que se están consolidando como referencia regional, aunque con ritmos de adopción diferenciados entre países y tipos de proyecto.
Desarrollo de documentos tipo con integración de cláusulas FIDIC. Varios países de la región han avanzado en el desarrollo de documentos de licitación estandarizados para obras públicas que integran, total o parcialmente, la estructura de los formularios FIDIC adaptados a la normativa local. Esta estandarización reduce los costos de transacción en la preparación de contratos, facilita la comparabilidad de ofertas y contribuye a la formación de equipos de gestión con conocimiento acumulado de la estructura contractual.
Capacitación institucional especializada. La creciente demanda de contratos FIDIC en proyectos financiados multilateralmente ha generado una oferta creciente de programas de capacitación orientados tanto a funcionarios públicos como a equipos de contratistas. Colegios de ingenieros, universidades con programas de ingeniería de la construcción y escuelas de administración pública han incorporado módulos de gestión contractual FIDIC en sus ofertas formativas. Los propios organismos multilaterales han contribuido a este proceso mediante programas de asistencia técnica a entidades contratantes.
Constitución temprana del DAAB. En los proyectos de mayor sofisticación contractual, se observa una tendencia creciente hacia la constitución del DAAB al inicio de la ejecución —conforme a la obligación establecida en la Cláusula 21 de FIDIC 2017 para los formularios principales—, en lugar de diferir su conformación hasta el surgimiento de una disputa concreta. Esta práctica, coherente con la función de avoidance del DAAB en FIDIC 2017, permite al panel conocer el proyecto desde sus fases iniciales, emitir opiniones informales no vinculantes sobre situaciones potencialmente conflictivas y contribuir a la prevención de disputas antes de que se cristalicen.
Incorporación de metodologías de programación compatibles con FIDIC. La preparación del programa de obras conforme a la Sub-Cl. 8.3 de los formularios FIDIC —que exige un programa detallado que muestre el orden y método de ejecución de los trabajos— se está abordando cada vez más con herramientas de programación de nivel profesional, como Primavera P6 o Microsoft Project, con metodologías de análisis de retrasos —como el Time Impact Analysis (TIA) o el método de ventanas (Windows Analysis)— que permiten sustentar reclamaciones de extensión de tiempo con rigor técnico verificable.
Uso creciente del arbitraje regional. Como se mencionó, la tendencia hacia sedes arbitrales latinoamericanas, la utilización de centros de arbitraje regionales y la designación de árbitros con formación técnica en construcción está reduciendo los costos y barreras de acceso al arbitraje para las partes locales, mejorando la efectividad del mecanismo de resolución de disputas en proyectos FIDIC de la región.
El DAAB en contextos latinoamericanos: particularidades y consideraciones
El Dispute Avoidance and Adjudication Board (DAAB) de FIDIC 2017 —sucesor del DAB de FIDIC 1999— es quizás el elemento del marco contractual que mayor resistencia y mayor potencial transformador tiene simultáneamente en el contexto latinoamericano.
El DAAB en FIDIC 2017 tiene carácter obligatorio en los formularios principales (Libro Rojo, Amarillo y Plata) y es exclusivamente permanente: debe constituirse al inicio del contrato, no cuando surge la disputa. Esto contrasta con el DAB de FIDIC 1999, que podía ser permanente o ad hoc según lo acordado. La permanencia del DAAB desde el inicio del proyecto es, precisamente, lo que habilita su función preventiva: el panel conoce el proyecto, puede visitar el sitio regularmente y puede emitir opiniones informales no vinculantes (informal opinions) sobre situaciones potencialmente conflictivas antes de que se conviertan en disputas formales.
La secuencia de resolución de disputas en FIDIC 2017 que involucra al DAAB es la siguiente: Determinación del Engineer (Sub-Cl. 3.7, 42 días) → DAAB (Sub-Cl. 21.4, 84 días para emitir decisión) → NOD en 28 días desde la decisión del DAAB → Arreglo Amistoso en 28 días (Sub-Cl. 21.5) → Arbitraje (Sub-Cl. 21.6). Es importante subrayar que el Arreglo Amistoso de la Sub-Cl. 21.5 ocurre después del DAAB —como una oportunidad final de acuerdo antes del arbitraje—, no como un paso previo a la adjudicación.
Para que el DAAB funcione efectivamente en el contexto latinoamericano, las Condiciones Particulares deben abordar: la designación de los miembros del panel desde la negociación del contrato, incluyendo mecanismos de designación supletoria por una appointing authority en caso de desacuerdo; la regulación de los honorarios del DAAB y su imputación presupuestal; el idioma de los procedimientos; y la compatibilidad de las decisiones del DAAB con los mecanismos de ejecución forzosa disponibles en la jurisdicción local.
Preguntas frecuentes
¿Pueden entidades públicas latinoamericanas utilizar contratos FIDIC?
Sí, siempre que las Condiciones Particulares adapten el formulario a la normativa de contratación pública aplicable. Numerosos países de la región han desarrollado versiones adaptadas de los formularios FIDIC para uso en contratación pública, y los organismos multilaterales han publicado ediciones armonizadas expresamente diseñadas para proyectos con financiamiento público internacional.
¿Qué ocurre si una cláusula FIDIC contradice la ley nacional?
La ley local prevalece sobre las disposiciones contractuales que la contravengan. Por esta razón, la revisión jurídica de las Condiciones Particulares por asesores con conocimiento tanto del marco FIDIC como de la legislación nacional es un requisito indispensable, no una opción. Las contradicciones no resueltas en la etapa de estructuración del contrato se convierten en disputas durante la ejecución.
¿Es el DAAB obligatorio en todos los proyectos FIDIC?
En los formularios principales de FIDIC 2017 (Libro Rojo, Amarillo y Plata), el DAAB es obligatorio y exclusivamente permanente. Las Condiciones Particulares pueden modificar esta disposición, pero cualquier modificación debe ser deliberada, técnicamente fundamentada y jurídicamente compatible con el derecho aplicable. Omitir el DAAB sin regulación alternativa genera un vacío en el sistema de resolución de disputas que puede comprometer la admisibilidad del arbitraje.
¿Cuál es el formulario FIDIC más adecuado para un proyecto determinado?
La selección del formulario depende de varios factores: quién asume la responsabilidad del diseño (Empleador → Libro Rojo; Contratista → Libro Amarillo o Plata), el mecanismo de pago (re-medición, suma alzada o precio cerrado EPC), la complejidad del proyecto y el nivel de control que el Empleador desea mantener durante la ejecución. El Libro Plata, que concentra el mayor riesgo en el Contratista mediante un precio cerrado, es adecuado cuando el Empleador define el resultado final (output specifications) pero no quiere involucrarse en los detalles de ejecución; no es recomendable cuando el Empleador necesita supervisión cercana o cuando las especificaciones no están completamente definidas al momento de contratar.
¿Es más costoso contratar bajo FIDIC?
La implementación correcta de un contrato FIDIC exige mayor inversión inicial en estructuración contractual, gestión de documentación y capacitación de equipos. Sin embargo, esta inversión tiene un retorno directo en reducción de disputas, mejor distribución del riesgo y mayor certidumbre en los costos finales del proyecto. Los contratos mal estructurados —independientemente del formulario utilizado— son sistemáticamente más costosos que los bien diseñados.
Conclusión
La implementación de contratos FIDIC en América Latina representa un avance significativo en la modernización de la gestión contractual de proyectos de infraestructura. Sin embargo, la calidad de ese avance depende de la calidad de la adaptación: un formulario FIDIC trasladado mecánicamente a un contexto jurídico diferente, sin las Condiciones Particulares adecuadas, sin capacidad institucional suficiente y sin equipos de gestión formados para operar sus mecanismos, puede generar tantos conflictos como el contrato más rudimentario.
Los proyectos que han logrado implementar contratos FIDIC de forma efectiva en la región comparten características comunes: una estructuración contractual cuidadosa con Condiciones Particulares bien redactadas; equipos de gestión con formación técnica específica en el sistema FIDIC; protocolos de documentación formal desde el inicio de la ejecución; y voluntad institucional de activar los mecanismos preventivos — incluyendo el DAAB — antes de que los conflictos escalen.
El contrato FIDIC no es un fin en sí mismo: es un instrumento cuya efectividad depende de la competencia técnica y del compromiso de las partes con su correcta aplicación. En la medida en que América Latina desarrolle la capacidad institucional para gestionar estos contratos con rigor, los beneficios del estándar internacional se traducirán en proyectos mejor ejecutados, con mayor certidumbre de costos y plazos, y con disputas que se resuelven durante la ejecución en lugar de en arbitrajes que duran años y consumen recursos que hubieran podido destinarse a la obra.
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