Cláusulas Z en contratos NEC4: Cómo personalizar sin comprometer la filosofía colaborativa

personalización de contratos NEC4 mediante cláusulas Z manteniendo su filosofía colaborativa

Introducción: la personalización como necesidad, no como opción

Índice
  1. Introducción: la personalización como necesidad, no como opción
  2. Las cláusulas Z en el sistema modular del NEC4: dónde encajan
  3. ¿Cuándo son necesarias las cláusulas Z?
  4. Principios de redacción de cláusulas Z
  5. Ámbitos típicos de las cláusulas Z
  6. Las cláusulas Z y los mecanismos del NEC4: interacciones críticas
  7. Las cláusulas Z en contratación pública latinoamericana
  8. Los riesgos de las cláusulas Z mal redactadas
  9. El proceso de elaboración de cláusulas Z: metodología recomendada
  10. Cuántas cláusulas Z son razonables
  11. Las fuentes para la elaboración de cláusulas Z
  12. Preguntas frecuentes
  13. Conclusión
  14. Recursos especializados en ContratosNECFIDIC.com

El NEC4 fue diseñado con un objetivo explícito de universalidad: ser aplicable en proyectos de cualquier tipo, escala y geografía, sin necesidad de ser reescrito para cada contexto. Esta universalidad se sustenta en la arquitectura modular del sistema — las opciones principales, las opciones secundarias, las opciones de resolución de disputas — pero ninguna de esas capas puede anticipar la infinita variedad de los contextos legales, regulatorios, culturales y financieros en que el NEC4 se implementa en la práctica.

Las cláusulas Z son la respuesta del NEC4 a esa necesidad de adaptación contextual. Son adiciones elaboradas a medida (bespoke clauses) que las partes incorporan al contrato para abordar requisitos específicos que el formulario estándar no cubre: la ley aplicable en el país de ejecución, las obligaciones fiscales locales, los requisitos de seguridad del sector, las exigencias del financiador del proyecto, las políticas internas del empleador o las especificidades de la relación con las comunidades del entorno.

El presente artículo analiza las cláusulas Z desde sus fundamentos conceptuales hasta sus aplicaciones prácticas más relevantes: qué son, cuándo son necesarias, cómo redactarlas correctamente, cómo interactúan con los mecanismos del NEC4 y qué riesgos conlleva una Z mal diseñada.


Las cláusulas Z en el sistema modular del NEC4: dónde encajan

Para comprender correctamente el papel de las cláusulas Z, es indispensable entender la arquitectura completa del sistema NEC4 y el lugar que ocupa cada componente:

Opciones principales (A a F): Son los mecanismos de pago del contrato. Las partes seleccionan obligatoriamente una de las seis. Determinan cómo se remunera al contratista y cómo se distribuye el riesgo financiero.

Opciones de resolución de disputas (W1, W2, W3): Las partes deben seleccionar una de las tres opciones disponibles para la resolución de disputas. Su elección es obligatoria para completar el contrato.

Opciones secundarias (X clauses): Son cláusulas adicionales que las partes pueden activar o no, según sus necesidades. Ejemplos: X1 (ajuste por inflación), X7 (penalidades por retraso), X16 (retención), X21 (costo de ciclo de vida), X22 (participación temprana del contratista). Su activación es potestativa.

Opciones Y: Disposiciones específicas para cumplir con legislación particular. En el contexto del Reino Unido, Y(UK)1 adapta el contrato a la HGCRA y Y(UK)2 regula los derechos de terceros. En proyectos internacionales, estas opciones Y raramente aplican.

Cláusulas Z: Son adiciones elaboradas a medida, fuera del catálogo estándar del NEC4, que las partes incorporan para cubrir necesidades específicas que ninguna de las opciones anteriores aborda. No hay un catálogo predefinido de cláusulas Z: cada una se redacta específicamente para el proyecto.

Esta distinción es fundamental: las cláusulas Z no son una versión de las opciones secundarias ni un sustituto de las opciones Y. Son un mecanismo diferente, de naturaleza más libre y de mayor riesgo de incoherencia si no se diseñan cuidadosamente.


¿Cuándo son necesarias las cláusulas Z?

Las cláusulas Z deben utilizarse cuando existen requisitos que el formulario estándar del NEC4 no cubre y que son necesarios para la validez, ejecutabilidad o correcta operación del contrato en su contexto específico. Las situaciones más frecuentes incluyen:

Ley aplicable y resolución de disputas: El NEC4 no especifica por defecto el derecho aplicable ni la jurisdicción de resolución de disputas. Para proyectos fuera del Reino Unido, estas disposiciones son imprescindibles y deben incorporarse mediante cláusula Z.

Idioma del contrato: Cuando el proyecto se ejecuta en un contexto no anglófono, la cláusula Z debe establecer el idioma oficial del contrato, las condiciones de las traducciones y cuál versión prevalece en caso de discrepancia.

Moneda y mecanismos de pago: Si el pago se realiza en una moneda distinta al dólar/libra esterlina, o si hay pagos en múltiples monedas, las disposiciones correspondientes se regulan mediante Z clauses (complementadas con la opción secundaria X3 si aplica).

Normativa fiscal local: Las obligaciones de IVA, retenciones en fuente, facturación y declaraciones fiscales varían según el país y deben incorporarse al contrato para evitar incumplimientos que generan responsabilidades para ambas partes.

Requisitos laborales y de seguridad: La normativa laboral, de prevención de riesgos laborales y de seguridad en obra es específica de cada jurisdicción. Las cláusulas Z referencian esa normativa y establecen las responsabilidades de cada parte.

Exigencias del financiador o regulador: Los organismos financiadores o los reguladores sectoriales pueden imponer requisitos específicos que no están recogidos en el NEC4 estándar y que deben incorporarse al contrato.

Políticas internas del empleador: Muchas organizaciones tienen políticas corporativas sobre ética, anticorrupción, sostenibilidad, igualdad y diversidad que se incorporan a sus contratos mediante cláusulas Z.

La regla de uso: Las cláusulas Z deben incorporarse cuando son necesarias. Cada cláusula Z que se añade al contrato introduce complejidad adicional y riesgo de incoherencia. Una cláusula Z innecesaria no mejora el contrato: lo complica.


Principios de redacción de cláusulas Z

La calidad de una cláusula Z depende en gran medida de cómo está redactada. El incumplimiento de los principios de redacción del NEC4 en las cláusulas Z es la principal fuente de problemas prácticos.

Coherencia con el estilo NEC4

El NEC4 tiene un estilo de redacción propio: frases cortas, lenguaje afirmativo, términos definidos, acciones atribuidas a personas identificadas. Las cláusulas Z deben seguir este estilo, no introducir el lenguaje legalista oscuro propio de muchos contratos de derecho civil. Una Z redactada en estilo anglosajón tradicional o en estilo del Código Civil local rompe la coherencia del documento y crea dificultades de interpretación.

Consistencia terminológica

Las cláusulas Z deben usar los términos definidos del NEC4 en el mismo sentido en que los usa el cuerpo principal del contrato. Si se introduce un nuevo término, debe definirse en la cláusula Z o en el glosario del contrato. La inconsistencia terminológica es una de las causas más frecuentes de disputas derivadas de cláusulas Z.

No contradicción con las cláusulas principales

Toda cláusula Z debe verificarse frente al texto completo del NEC4 para asegurarse de que no contradice ninguna disposición de las cláusulas principales o de las opciones secundarias activadas. La contradicción entre una cláusula Z y una cláusula principal genera ambigüedad interpretativa que puede derivar en disputa.

La "prueba de colaboración"

Antes de incorporar una cláusula Z, conviene aplicarle una prueba conceptual: ¿favorece o interfiere con la filosofía colaborativa del NEC4? Una cláusula Z que introduce condiciones punitivas desproporcionadas, que asigna obligaciones unilaterales sin contrapartida o que socava la confianza mutua establecida en la Sub-Cláusula 10.1 es, por definición, incompatible con el espíritu del contrato, aunque técnicamente pueda parecer válida.

Orientación al principio de equivalencia

Las cláusulas Z que asignan obligaciones a una de las partes deben considerar la reciprocidad. Una Z que carga excesivamente al contratista puede erosionar la relación colaborativa desde el inicio del proyecto. Las mejores cláusulas Z son las que equilibran las obligaciones entre las partes o que son neutrales en términos de impacto en el equilibrio contractual.


Ámbitos típicos de las cláusulas Z

Derecho aplicable, jurisdicción y resolución de disputas

Esta es la cláusula Z más crítica en proyectos fuera del Reino Unido. Debe establecer con precisión:

  • El derecho nacional que rige el contrato.
  • El idioma oficial de las comunicaciones contractuales.
  • El mecanismo de resolución de disputas complementario al elegido (W1/W2/W3): si se añade una mediación previa, un comité técnico o un proceso específico de amigable composición.
  • En caso de arbitraje internacional: la institución arbitral, las reglas aplicables, el número de árbitros, la sede y el idioma del procedimiento.

Ejemplo de Z clause bien formulada:

Z1 – Ley aplicable
Este contrato se rige por el derecho de la República del Perú. Cualquier término del contrato que resulte incompatible con una norma imperativa del derecho peruano se entenderá modificado en la medida mínima necesaria para eliminar esa incompatibilidad, preservando en lo posible la intención original de las partes.

Idioma, traducción y versión prevaleciente

Z2 – Idioma del contrato
El idioma oficial de este contrato y de todas las comunicaciones contractuales es el español. Cualquier versión del contrato en inglés tiene carácter meramente referencial. En caso de discrepancia entre la versión en español y cualquier versión en inglés, prevalece la versión en español.

Firma electrónica

Z3 – Firma electrónica
Las partes acuerdan que las comunicaciones contractuales formales pueden realizarse mediante firma electrónica avanzada conforme a [referencia a la legislación local aplicable]. Las plataformas admitidas para este efecto son las especificadas en la Información del Contrato. Los documentos firmados electrónicamente conforme a esta cláusula tienen plena validez contractual.

Anticorrupción y cumplimiento normativo

Z4 – Anticorrupción y ética
Las partes declaran que en relación con este contrato no han ofrecido, prometido ni entregado, y no ofrecerán, prometerán ni entregarán, directa ni indirectamente, ningún valor a ninguna persona con el fin de influir indebidamente en el otorgamiento o la ejecución del contrato. El incumplimiento grave de esta obligación constituye un incumplimiento contractual que da derecho a la parte afectada a terminar el contrato conforme a las disposiciones sobre terminación de las cláusulas principales.

Sostenibilidad y responsabilidad social

Z5 – Contenido local y empleo
El Contratista se compromete a que al menos el [X]% de la mano de obra no especializada utilizada en la ejecución de las obras sea contratada en las comunidades del área de influencia del proyecto, conforme a los requisitos definidos en el Scope. El Contratista documentará el cumplimiento de este requisito en sus reportes mensuales.

Digitalización y BIM

Z6 – Requisitos BIM
La información generada durante la ejecución del contrato deberá cumplir con los requisitos de información del Empleador (Employer's Information Requirements, EIR) contenidos en el Scope. El Contratista deberá utilizar el Entorno Común de Datos (CDE) especificado en la Información del Contrato. Los entregables digitales deben cumplir con los formatos y niveles de detalle establecidos en el EIR conforme al estándar ISO 19650.


Las cláusulas Z y los mecanismos del NEC4: interacciones críticas

Las cláusulas Z no operan en el vacío: interactúan con los mecanismos del NEC4, y esa interacción puede ser positiva (refuerza el mecanismo) o negativa (lo socava). Las interacciones más importantes son:

Interacción con los eventos compensables (Sub-Cláusulas 60-65)

Una cláusula Z puede añadir nuevos eventos compensables específicos del contexto del proyecto (por ejemplo, cambios normativos sectoriales específicos, eventos climáticos locales de especial relevancia) que complementen la lista de la Sub-Cláusula 60.1. Sin embargo, una Z que intente excluir eventos que normalmente serían compensables bajo el NEC4 puede generar incoherencias graves y disputas sobre la validez de esa exclusión.

Interacción con los plazos de notificación

Las cláusulas Z pueden modificar los plazos de notificación del NEC4 (por ejemplo, acortar el plazo de 8 semanas para la notificación de eventos compensables en proyectos de menor duración). Sin embargo, cualquier modificación de plazos debe ser explícita, coherente con el resto del contrato y no debe generar requisitos de imposible cumplimiento.

Interacción con el programa (Sub-Cláusulas 31 y 32)

Las cláusulas Z pueden añadir requisitos específicos al programa de trabajo: por ejemplo, que refleje los calendarios laborales locales, las restricciones de acceso estacionales o los períodos de descanso cultural del país de ejecución. Estas adiciones deben ser coherentes con los requisitos de la Sub-Cláusula 31 (presentación inicial) y la Sub-Cláusula 32 (actualizaciones del programa ante eventos relevantes).

Interacción con la resolución de disputas

Las cláusulas Z pueden complementar las opciones W del NEC4 añadiendo pasos previos a la adjudicación formal (por ejemplo, una mediación breve de 15 días antes de activar el procedimiento W1), o pueden especificar los detalles operativos de la adjudicación (quien designa al adjudicador cuando no hay acuerdo, la institución arbitral, la sede). Lo que no pueden hacer es anular la opción W seleccionada o sustituirla por un mecanismo que no ofrezca las garantías procesales mínimas exigibles.

Interacción con los Early Warnings

Las cláusulas Z pueden reforzar el mecanismo de Early Warning añadiendo categorías específicas de riesgos que deben notificarse (por ejemplo, riesgos reputacionales, eventos de seguridad, incidentes con comunidades locales) o reduciendo los plazos de respuesta en proyectos de ejecución muy rápida. Nunca deben ser utilizadas para exonerar a alguna de las partes de la obligación de emitir Early Warnings.


Las cláusulas Z en contratación pública latinoamericana

La aplicación de cláusulas Z en proyectos de contratación pública en América Latina presenta desafíos específicos que merecen análisis particular.

En la mayoría de los países latinoamericanos, la normativa de contratación pública:

  • Establece condiciones contractuales mínimas que no pueden ser derogadas.
  • Puede limitar las modificaciones a los contratos una vez formalizados.
  • Puede exigir que los contratos usen modelos o cláusulas aprobadas por la autoridad regulatoria (como las Bases Estándar de OSCE en Perú o equivalentes en otros países).

En este contexto, las cláusulas Z tienen una función doble en proyectos públicos:

Hacia el NEC4: Las Z permiten incorporar al contrato NEC las disposiciones que el derecho público local exige (plazos específicos de aprobación, mecanismos de pago por tesorería, requisitos de garantías, procedimientos de control previo).

Desde el NEC4: Al mismo tiempo, las Z permiten introducir en el modelo público estándar algunos de los mecanismos del NEC4 que mejoran la gestión (por ejemplo, la obligación de Early Warning, la gestión activa del programa, los procedimientos de evaluación de cambios) en la medida en que la normativa lo permita.

Esta doble función hace que la elaboración de cláusulas Z en contratación pública sea un trabajo especialmente técnico y delicado, que requiere la participación de juristas especializados en contratación pública local con conocimiento del NEC4.


Los riesgos de las cláusulas Z mal redactadas

Los riesgos más frecuentes derivados de cláusulas Z deficientes son:

Contradicción con las cláusulas principales. Una Z que establece que "el contratista no tendrá derecho a compensación por eventos de fuerza mayor" puede contradecir el evento compensable 60.1(19) del NEC4. Esta contradicción no solo genera disputa: puede comprometer la validez de secciones enteras del contrato.

Desequilibrio en la distribución del riesgo. Una Z que transfiere al contratista riesgos que el NEC4 estándar asigna al empleador puede ser desproporcionada y generar primas de riesgo elevadas en las ofertas, además de potenciales conflictos durante la ejecución.

Introducción de terminología ajena. Usar términos del derecho civil local (como "resolución de contrato por incumplimiento", "cláusula penal", "vicios ocultos") sin definirlos en el contexto del NEC4 puede crear ambigüedades graves sobre cómo se interrelacionan con los mecanismos del contrato.

Duplicación de disposiciones existentes. Una Z que regula la gestión del programa sin saber que el NEC4 ya tiene disposiciones detalladas al respecto puede crear reglas paralelas y contradictorias para el mismo proceso.

Erosión de la filosofía colaborativa. Una Z que introduce penalizaciones automáticas, reglas de responsabilidad unilateral o condiciones punitivas desproporcionadas socava la cultura de cooperación que es el fundamento del NEC4.


El proceso de elaboración de cláusulas Z: metodología recomendada

La elaboración de cláusulas Z es un proceso que debe abordarse de manera sistemática y multidisciplinaria:

Paso 1 — Análisis de necesidades: Identificar, con base en el análisis del proyecto y del contexto legal, qué requisitos existen que el NEC4 estándar no cubre. Este análisis debe ser realizado conjuntamente por el equipo jurídico, el equipo técnico y el equipo de gestión del proyecto.

Paso 2 — Verificación cruzada: Para cada necesidad identificada, verificar si alguna de las opciones secundarias (X) u otras partes del contrato ya la cubre. Solo si no existe cobertura se justifica una cláusula Z.

Paso 3 — Redacción en estilo NEC4: Redactar cada cláusula Z siguiendo el estilo del NEC4: frases cortas, lenguaje afirmativo, acciones atribuidas a personas identificadas, términos definidos.

Paso 4 — Revisión cruzada con el contrato: Comparar cada Z con el texto completo del contrato para identificar posibles contradicciones, redundancias o incoherencias.

Paso 5 — "Prueba de colaboración": Verificar que cada Z es coherente con la filosofía colaborativa del NEC4 y no introduce elementos adversariales que socaven la Sub-Cláusula 10.1.

Paso 6 — Validación jurídica local: El asesor jurídico local debe verificar que las cláusulas Z son compatibles con el derecho aplicable y que cumplen los requisitos de validez del ordenamiento local.

Paso 7 — Revisión por todas las partes: Las cláusulas Z deben ser revisadas y aceptadas por todas las partes antes de la firma del contrato. No son disposiciones unilaterales del empleador.


Cuántas cláusulas Z son razonables

No existe un límite oficial en el NEC4 sobre el número de cláusulas Z admisibles. Sin embargo, la experiencia práctica indica que cuanto mayor es el número de cláusulas Z, mayor es el riesgo de incoherencia interna y mayor la carga cognitiva sobre los equipos de proyecto que deben gestionar el contrato.

Como orientación general (no como regla), los contratos NEC4 bien gestionados tienden a tener entre 5 y 15 cláusulas Z en proyectos de mediana complejidad en contextos internacionales. Contratos con 30 o 40 cláusulas Z suelen ser señal de un diseño excesivamente complejo que puede haber perdido la coherencia con el NEC4 subyacente.

El criterio correcto no es el número sino la necesidad: cada cláusula Z debe existir porque es necesaria, no porque sea "habitual" incluirla o porque alguien copió una Z de otro contrato sin verificar si aplica.


Las fuentes para la elaboración de cláusulas Z

Las fuentes más confiables para la elaboración de cláusulas Z en contratos NEC4 incluyen:

Las guías y toolkits oficiales del NEC: Thomas Telford (el publicador del NEC4) ha desarrollado toolkits sectoriales para sectores como infraestructura vial, ferroviaria y de utilities, que incluyen cláusulas Z recomendadas para esos contextos.

La práctica del mercado local: En mercados donde el NEC4 tiene mayor trayectoria (Reino Unido, Sudáfrica, Australia), existen cláusulas Z estándar desarrolladas por las entidades públicas que los utilizan (Highways England, Network Rail, etc.) que pueden servir de referencia y adaptación.

Asesores jurídicos especializados: En contextos latinoamericanos, donde las cláusulas Z deben armonizar el NEC4 con el derecho local, la participación de abogados especializados en derecho de la construcción con experiencia en NEC4 es imprescindible.

La literatura académica y profesional: Revistas especializadas en derecho de la construcción y gestión de contratos contienen análisis de cláusulas Z en distintos contextos que pueden ser útiles como referencia.

Lo que no es una fuente confiable: copiar cláusulas Z de otros contratos sin verificar su aplicabilidad al contexto específico. Una Z bien diseñada para un proyecto en Chile puede ser totalmente inadecuada en un proyecto en México o Colombia, dado que los marcos legales son distintos.


Preguntas frecuentes

¿Pueden incorporarse cláusulas Z después de firmado el contrato?
Solo mediante una enmienda formal acordada por todas las partes. Las cláusulas Z son parte del contrato firmado; cualquier modificación posterior requiere el mismo proceso de acuerdo que cualquier otra modificación contractual.

¿Una cláusula Z puede eliminar eventos compensables del listado de la Sub-Cláusula 60.1?
Técnicamente es posible redactar una Z de ese tipo, pero es una práctica de alto riesgo. Los tribunales o adjudicadores pueden interpretar que la eliminación de un evento que razonablemente debería ser compensable es contraria a la equidad o al equilibrio del contrato, especialmente si la cláusula Z que la elimina es excesivamente favorable a una parte.

¿Las cláusulas Z de un contrato principal se aplican automáticamente a los subcontratos?
No. Las cláusulas Z del contrato principal (ECC) no se trasladan automáticamente al subcontrato (ECSS). Si es necesario que el subcontrato incorpore disposiciones equivalentes, deben incluirse expresamente en el ECSS mediante sus propias cláusulas Z.

¿Puede una cláusula Z modificar los plazos de notificación de eventos compensables?
Sí, si es acordada por ambas partes. Sin embargo, acortar el plazo de 8 semanas de la Sub-Cláusula 61.3 puede ser perjudicial para el contratista, que tiene menos tiempo para identificar y notificar los eventos. Cualquier modificación de plazos debe ser razonada y equilibrada.

¿Qué ocurre cuando una cláusula Z y una cláusula principal del NEC4 se contradicen?
Las reglas de interpretación del NEC4 no establecen expresamente qué prevalece en caso de contradicción entre Z y cláusulas principales. La Sub-Cláusula 17.1 permite al PM dar instrucciones para resolver ambigüedades, pero una contradicción profunda puede requerir adjudicación o arbitraje. La mejor solución es prevenir la contradicción mediante una revisión cruzada rigurosa durante la elaboración del contrato.

¿Pueden las cláusulas Z incorporar obligaciones de sostenibilidad o impacto social?
Sí, y esta es una de sus aplicaciones más valiosas y crecientes. Las Z que incorporan objetivos de contratación local, reducción de emisiones de carbono, condiciones laborales específicas o criterios de accesibilidad para personas con discapacidad son perfectamente compatibles con la filosofía del NEC4 y añaden valor al contrato.


Conclusión

Las cláusulas Z son la herramienta que hace del NEC4 un contrato verdaderamente universal: permiten adaptarlo a cualquier contexto legal, cultural y regulatorio sin comprometer la coherencia interna ni la filosofía colaborativa que define al sistema.

Pero esa potencia de adaptación viene acompañada de un riesgo proporcional: una cláusula Z mal redactada, innecesaria o contradictoria puede introducir en el contrato exactamente el tipo de ambigüedad y adversarialismo que el NEC4 está diseñado a prevenir.

La regla de oro es simple: cada cláusula Z debe ser necesaria, bien redactada, coherente con el sistema NEC4 y validada jurídicamente en el contexto local. Con esas cuatro condiciones cumplidas, las cláusulas Z son el puente entre la universalidad del NEC4 y la especificidad de cada proyecto.


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